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¿Qué es el Código Registral Único?

El CRU o Código Registral Único es uno de esos elementos que aparecen con frecuencia en el proceso de tasación sin que mucha gente sepa exactamente qué es. En este post vamos a contarte en qué consiste y por qué es importante.

¿De dónde surge el CRU?

El 25 de junio de 2015 se aprobó la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.

El objetivo de esta Ley es incrementar la coordinación entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la propiedad de manera que permita una simplificación en las tramitaciones administrativas y se aumente la seguridad jurídica gracias a una mayor fiabilidad de la información y una mayor transparencia de la misma.

Esta ley introdujo el Código Registral Único (CRU), el cual sustituyó al sistema de asignación de números de fincas que había estado vigente unos 150 años mediante el cual a cada nueva finca creada se le asignaba un número correlativo y sucesivo dentro del municipio o, en su caso, de la sección. De esta manera se procede a la coordinación entre la parcela catastral y la finca registral a través de un identificador único e inequívoco de cada inmueble.

IDUFIR: ¿qué es?

El IDUFIR es el acrónimo de Identificador Único de Fincas Registrales, un código numérico exclusivo que se asigna a cada propiedad en España cuando se inscribe en el Registro de la Propiedad. 

El código IDUFIR tiene una serie de características:

  • Composición: el IDUFIR está formado por una secuencia de 14 dígitos, utilizando números del 0 al 9.
  • Unicidad: es único e invariable para cada propiedad, lo que significa que no puede cambiar ni caducar.
  • Generación: se genera automáticamente al inscribir una propiedad en el Registro de la Propiedad

¿Cuál es la diferencia entre el CRU y el IDUFIR?

El IDUFIR (Identificador Único de Finca Registral) y el CRU (Código Registral Único) son códigos utilizados en España para identificar propiedades en el Registro de la Propiedad. Aunque ambos cumplen la misma función, su principal diferencia radica en la fecha de implementación:

  • IDUFIR: Introducido en 2008, fue el primer sistema de identificación único para fincas registrales. Este código consta de 14 dígitos y se utilizó hasta agosto de 2016. Las propiedades registradas antes de esa fecha conservan este identificador.
  • CRU: Sustituyó al IDUFIR en agosto de 2016 tras la reforma de la Ley Hipotecaria (Ley 13/2015). También consta de 14 dígitos y es actualmente el estándar para identificar propiedades registradas después de esa fecha. Es compatible con sistemas como el Catastro.

¿Se puede localizar una finca por Código Registral Único?

Como hemos dicho, el CRU tiene como precedente al IDUFIR, que fue creado en el año 2008 por el Colegio de Registradores. La finalidad del CRU es la hacer las veces como el «DNI» de una finca. Se compone de 14 dígitos; los cinco primeros hacen referencia al registro y el resto definen la finca dentro de dicho registro, es decir, que facilitan su localización.

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¿Cómo conocer el Código Registral Único de una finca?

Es importante destacar que el CRU se genera automáticamente cuando se inscribe el inmueble en el Registro de la Propiedad. Este código consta de 14 dígitos y es único e invariable para cada finca registral. Se asigna el CRU a todas las fincas registrales sobre las que se realice un asiento en el libro de inscripciones o cuando se solicite información registral de las mismas. Mientras no se dé ninguna de estas circunstancias, la finca carecerá de CRU.

Con respecto a las nuevas fincas registrales, desde el 2 de agosto de 2016 (fecha en la que el director general de los Registros y del Notariado dictó una resolución mediante la cual se homologa la nueva aplicación informática registral dedicada a las bases gráficas) sólo se les asignará CRU y no número de finca, para evitar duplicidades. Se entiende por nueva finca a los casos de inmatriculaciones pero también a segregaciones, divisiones, agrupaciones o traslados de registro o sección.

En las notas simples y certificaciones registrales, deberá aparecer solamente el CRU para fincas nuevas creadas con posterioridad al 2 de agosto de 2016. Para el resto de fincas se deberá hacer referencia al número de finca y al CRU. En ambos casos constarán también el tomo, libro, folio y número de inscripción o letra de anotación.

En resumen, el Código Registral Único (CRU) se puede obtener de varias formas:

  • A través de una nota simple del Registro de la Propiedad. El CRU generalmente se encuentra en la primera hoja de la nota simple, en la parte superior.
  • Solicitando un certificado de dominio y cargas en el Registro de la Propiedad.
  • Consultando el extracto semestral o anual del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
  • Utilizando el Geoportal de Registradores del Estado, una herramienta en línea que facilita la identificación y localización de fincas.
  • En las notas de despacho emitidas por el Registro de la Propiedad.
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